D.LEY 21621 (14.09.76)
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LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887 (09.12.97)
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EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
E.I.R.L.
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SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
S.R.L.
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SOCIEDAD ANONIMA
S.A.
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SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
S.A.C.
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Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con patrimonio distinto al de su titular. Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de micro y pequeñas empresas.
La responsabilidad de la empresa esta limitada al patrimonio y el titular de la misma no responde personalmente por las obligaciones de ésta.
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Es una forma societaria, el mínimo de socios es de dos (2) y máximo de veinte (20) personas. La responsabilidad de los socios está limitada a su aporte. El patrimonio personal de los socios no esta afecto.
El capital esta dividido en participaciones iguales acumulables e indivisibles que no pueden ser incorporados en títulos valores ni denominarse acciones.
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Es una sociedad de capitales, con responsabilidad limitada, en la que el capital social se encuentra representado por títulos negociables y que posee un mecanismo jurídico propio y dinámico orientado a separar la propiedad de la administración de la sociedad. El mínimo de socios es de dos (2) y máximo de veinte (20).
El patrimonio personal de los socios no esta afecto.
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Es una persona jurídica de derecho privado, de naturaleza comercial o mercantil, cualquiera sea su objeto social. El mínimo es de dos (2) y máximo de veinte (20) accionistas y sus acciones no pueden ser inscritas en el registro Público del Mercado de Valores.
Es una sociedad de responsabilidad limitada.
El patrimonio personal de los socios no esta afecto.
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· Titular: órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la decisión de los bienes y actividades
· Gerencia: órgano que tiene a su cargo la administración y representación de la empresa, es designado por el titular.
El titular, puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso tendrá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos, debiendo denominársele Titular Gerente.
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· Junta General de Socios: representa a todos los socios de la empresa
· Gerente Gral.: es el encargado de la dirección y administración de la sociedad, goza de las facultades generales y especiales de representante procesal
· Sub-Gerente: reemplaza al gerente en caso de ausencia.
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· Junta General de Accionistas: es el órgano supremo de la sociedad, está integrado por el total de socios.
· Directorio: es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas. En ningún caso el número de directores es menor de tres (3).
· Gerente Gral.: es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y administrador de la empresa.
· Sub-Gerente: reemplaza al gerente en caso de ausencia.
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· Junta General de Accionistas: es el órgano supremo de la sociedad, está integrado por el total de socios que conforman la empresa.
· Gerente Gral.: es la persona en quién recae la representación legal y de gestión de la sociedad, es quién convoca a la Junta de Accionistas.
· Sub-Gerente: reemplaza al gerente en caso de ausencia.
· El Directorio: es facultativo (según la LGS).
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martes, 25 de septiembre de 2012
FORMAS DE ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL
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